Ley 1070/2017 (AirBnb)

Información general sobre el Real Decreto 1070/2017 que debes conocer (AEDAF)

Te traemos esta información para que te hagas una idea de las cuestiones clave que debes conocer sobre el Real Decreto 1070/2017. La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha respondido a la siguiente sección y a la de la sección «¿Qué implicaciones tiene para mí este Real Decreto?»

Ten una cosa clara: no debes tomar esta información como asesoramiento legal o fiscal de ningún tipo; se trata más bien de un punto de partida sobre el que puedes empezar a recabar más datos. El asesoramiento fiscal es un tema complejo y tendrás que buscarlo por tu cuenta. Lo más recomendable es que estudies tu caso particular con ayuda de un asesor fiscal.

¿A quién aplica el Real Decreto 1070/2017?

Este Real Decreto aplica exclusivamente a las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los anfitriones y los huéspedes referido a la cesión temporal con fines turísticos del uso de la totalidad o parte de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, cuando la misma se encuentre situada en territorio español. En particular, estarán obligados a informar las “plataformas colaborativas”.

¿La obligación de Airbnb de compartir información afecta a mi anuncio en particular?

La obligación de compartir datos sólo afecta a los alojamientos cedidos temporalmente con fines turísticos.

En ningún caso se compartirán datos respecto a los siguientes alojamientos:

  • Viviendas cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del huésped
  • Alojamientos turísticos regulados por su normativa específica, como son los establecimientos hoteleros (hoteles, apartahoteles, hostales, balnearios, etc.), casas rurales, albergues, campings, campamentos, etc.
  • Alojamientos en régimen de “aprovechamiento por turno”

¿Es una petición de información puntual o es una obligación de reporte continuado?

La obligación de información a la Agencia Tributaria española tiene carácter indefinido y periódico. La declaración correspondiente a los ingresos del año 2018 tiene carácter anual y se presentará entre el 1 y el 31 de enero de 2019. Las correspondientes a años sucesivos tendrán carácter trimestral.

¿Qué información en concreto es necesaria compartir con las Agencia Tributaria de acuerdo con el Real Decreto 1070/2017?

  • Identificación del titular/es de la vivienda
  • Identificación del cedente/s o anfitrión/es, si fueran distintos de los titulares
  • Identificación de los huéspedes (cesionarios)
  • Identificación del inmueble: dirección completa, incluida la referencia catastral si la tiene asignada
  • Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos
  • Importe percibido por el anfitrión
  • Fecha de inicio de la cesión del alojamiento

¿Obliga este Real Decreto a compartir información sobre todas las transacciones llevadas a cabo durante el año 2018?

Sí, se refieren a todas y cada una de las transacciones correspondientes a 2018 y en adelante.

¿Puede la Agencia Tributaria compartir la información facilitada por las plataformas con otras administraciones públicas?

La información obtenida por la Agencia Tributaria en el ejercicio de sus funciones tiene carácter reservado. De acuerdo con el artículo 95 de la Ley General Tributaria una administración tributaria con carácter general no puede ceder datos a otras administraciones no tributarias.


¿Cómo me afecta a mí el Real Decreto 1070/2017?

Si no soy un anfitrión residente en España ¿Se compartirán mis datos?

Sí. La obligación de informar se refiere a todos los titulares de viviendas situadas en el territorio español.

¿Si la plataforma hace reportes trimestrales de información a la Agencia Tributaria, significa eso que yo como anfitrión debo hacer también declaraciones trimestrales?

No. Las obligaciones de información trimestral corresponden exclusivamente a la plataforma. El anfitrión que no actúe como empresario, si es residente en España sólo deberá declarar los ingresos obtenidos en su declaración anual de IRPF, y si no es residente en España, en su declaración trimestral del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Si el alquiler turístico se enmarca en una actividad empresarial, se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación.

¿Puede la Agencia Tributaria revisar mis declaraciones de los últimos 4 años?

Sí, el plazo de revisión por parte de las Autoridades fiscales prescribe a los 4 años. Dicho plazo de prescripción se computa a partir del último día en que podías presentar la declaración en plazo voluntario.

¿Aún puedo declarar los ingresos recibidos durante el año 2018?

Dependerá de la naturaleza, residencia y actividad del anfitrión:

1. Si es una persona física que no actúa como empresario:

  • Si es residente en España tributa por el IRPF, y los ingresos obtenidos en 2018 se declararán en 2019 en el plazo que establezca la norma, que suele ser de abril a junio (Campaña de Renta). Respecto a los ingresos de años anteriores no declarados, se podrán presentar declaraciones complementarias.
  • Si no es residente en España tributa por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. En este caso, si el resultado es a ingresar, deberá presentar una autoliquidación trimestral por todas las operaciones referidas a un mismo inmueble, en el plazo comprendido entre el 1 y el 20 (ambos incluidos) del mes siguiente a cada trimestre natural; esto es, en abril, julio, octubre y enero. Si no se hubieran presentado las autoliquidaciones de trimestres anteriores, podrán presentarse fuera de plazo antes de ser requeridos por la Agencia Tributaria, en cuyo caso no habrá imposición de sanción pero sí se devengarán recargos. Cuando el resultado sea cuota cero se presentará de forma anual del 1 al 20 de enero del año siguiente.

2. Si el anfitrión actúa como empresario. Si se trata de residentes en España tendrán que declarar sus ingresos conforme a lo previsto en la normativa del IRPF (personas físicas) o del Impuesto sobre Sociedades (personas jurídicas). Si se trata de no residentes, habrá de estar a lo previsto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

¿Es posible que la información que compartan las plataformas sobre mis ingresos no coincida con los importes que yo he declarado?

Las plataformas colaborativas deben informar sobre los ingresos netos percibidos por el anfitrión (“importe percibido”), no obstante los anfitriones deberán declarar sus ingresos brutos por un lado y los gastos deducibles por otro. Para más información sobre los gastos deducibles que pueden ser aplicables consulta con tu asesor fiscal.


Posibles escenarios

¿Qué datos compartirá Airbnb con la Agencia Tributaria española?

Airbnb compartirá los siguientes datos (en la medida en que estén disponibles):

  • Identificación del propietario del inmueble
  • Identificación del anfitrión(es) si no son los dueños del inmueble
  • Identificación del huésped
  • Identificación del inmueble: dirección del inmueble, incluida la referencia catastral, si tiene una asignada
  • Número de días de disfrute de la vivienda
  • Cantidad recibida por el anfitrión
  • Fecha de inicio de la reserva

¿Sobre qué base jurídica procesa mis datos Airbnb?

En Airbnb procesamos tus datos para cumplir nuestras obligaciones legales según lo establecido en el Real Decreto 1070/2017.

No tengo la obligación de compartir mis datos y he informado de esta circunstancia en el perfil de mi anuncio; ¿remitirá Airbnb mis datos personales a la Agencia Tributaria de España?

En caso de que hayas notificado que, para un anuncio particular, no te afecta la obligación de compartirlos datos según las excepciones establecidas en el Real Decreto 1070/2017, no se los remitiremos a la Agencia Tributaria de España.

Si no he confirmado mis datos fiscales en mi perfil ni en mi anuncio, ¿es posible que Airbnb se los remita a la Agencia Tributaria? ¿Qué datos personales remitirá?

Remitiremos los datos sobre ti y tu anuncio tal cual los tenemos, como por ejemplo, tu nombre, la fecha del comienzo de la reserva, etc. a la Agencia Tributaria, excepto si has notificado que tu anuncio se ajusta a alguna de las excepciones establecidas en el Real Decreto.

Si no confirmas tus datos fiscales ni añades los datos adicionales a tu perfil o al anuncio, Airbnb remitirá a las autoridades competentes los datos que tenga tal cual aparecen, además de todas las reservas que has completado.

¿Investigará Airbnb si me encargo de gestionar la propiedad, si es mía o si la tengo alquilada?

Si no especificas esos datos en tu perfil de anfitrión, los remitiremos tal cual y asumiremos que el anfitrión de la cuenta es el propietario del alojamiento anunciado en la plataforma.

Si tengo más de un método de pago en mi perfil, ¿cuál se compartirá?

Si hay más de un método de pago designado en el perfil del usuario, remitiremos los datos del que esté asociado al usuario del perfil, excepto si la cuenta pertenece a un coanfitrión, en cuyo caso remitiremos los datos de ambas, la del anfitrión y la del coanfitrión.

¿Se compartirán mis datos aunque desactive mi cuenta ahora mismo?

Sí. Remitiremos toda la información que tengamos disponible sobre anfitriones, que se hayan tenido ingresos a través de la plataforma de Airbnb desde el 1 de enero de 2018.

Y si solicito que se borre mi cuenta en Airbnb, ¿se compartirán mis datos?

Sí. Puedes solicitar que borremos tu cuenta, pero es importante que entiendas que ese hecho no conlleva la supresión de los datos personales que tenemos que remitir a la Agencia Tributaria de España. Remitiremos toda la información que tengamos disponible sobre anfitriones que hayan obtenido algún ingreso a través de la plataforma de Airbnb desde el 1 de enero de 2018.

El inmueble anunciado en Airbnb no es mío, ¿remitirá Airbnb mis datos a la Agencia Tributaria de España?

Siempre y cuando seas anfitrión en la plataforma y hayas percibido ingresos como resultado de la actividad que llevas a cabo a través de esta desde el 1 de enero de 2018, remitiremos tus datos a la Agencia Tributaria de España.

Soy un co-anfitrión ¿Airbnb compartirá mis datos personales con la Agencia Tributaria española?

Sí, la información que aparece en tu perfil de anfitrión se compartirá, y en los casos en que se identifique un co-anfitrión de un anuncio activo en 2018 (lo que significa que el anfitrión recibió ingresos de dicho anuncio durante el año 2018) y en adelante, la información del perfil de usuario del co-anfitrión también se compartirá con la Agencia Tributaria española.

Soy anfitrión en Airbnb, ¿tengo que aportar los datos de mis huéspedes?

No, no debes compartir datos de tus huéspedes con Airbnb.


Situaciones especiales aplicables a profesionales

Me dedico a gestionar propiedades, pero ninguna de ellas es mía; ¿remitirá Airbnb mis datos personales a la Agencia Tributaria de España?

Sí, remitiremos los datos que aparecen en tu perfil de anfitrión a la Agencia Tributaria y, en casos en los que identifiquemos a un coanfitrión para 2018 (es decir, en caso de que el anfitrión haya percibido ingresos derivados de la actividad de su anuncio durante este año) y en adelante, remitiremos tanto la información del anfitrión como la del coanfitrión.

Me dedico a gestionar propiedades, pero ninguna de ellas es mía; ¿tengo obligación de compartir con Airbnb los datos de los propietarios de los anuncios que gestiono?

Hemos añadido un campo especial en los detalles del anuncio para que puedas añadir estos datos, pero ten en cuenta que esta información es opcional, así que tú decides si la incluyes o no. Recuerda que, si no incluyes toda la información adicional sobre el propietario o propietaria, nos veremos obligados a remitir los datos que tenemos sobre ti y asumiremos que eres el propietario de las propiedades asociadas a los anuncios que gestionas.

Me dedico a gestionar propiedades, pero ninguna de ellas es mía; ¿remitirá Airbnb los datos del propietario o propietaria del anuncio que les he proporcionado a la Agencia Tributaria de España?

Si proporcionas toda la información adicional del anuncio, incluidos los datos del propietario o propietaria, se la remitiremos a la Agencia Tributaria..

Gestiono un anuncio en Airbnb en nombre del propietario o propietaria. No tengo su número de identificación fiscal ni ningún otro dato que sirva como identificación. ¿Qué debo hacer?

Recuerda que, aunque añadir esta información adicional es opcional, si no la indicas, consideraremos que el inmueble es tuyo. Si no tienes los datos necesarios, puedes solicitárselos al propietario o propietaria.

Me dedico a gestionar propiedades, pero ninguna de ellas es mía; ¿remitirá Airbnb mis datos personales?

Sí, remitiremos tu nombre completo o denominación social y tu número de identificación fiscal.


Situaciones especiales aplicables a arrendatarios

No soy propietario del alojamiento anunciado; ¿tengo que proporcionar a Airbnb los datos de la persona que me lo ha alquilado?

Hemos añadido un campo especial en los detalles del anuncio para que puedas añadir esos datos. Ten en cuenta que, si no proporcionas toda esta información adicional que te solicitamos, nos veremos obligados a remitir los datos de los que disponemos actualmente sobre ti y tu anuncio, y que asumiremos que el alojamiento anunciado es tuyo.

No soy propietario del alojamiento anunciado, ¿Airbnb remitirá a la Agencia Tributaria de España los datos que les he proporcionado sobre la persona que me lo ha alquilado?

Sí. Si proporcionas información sobre la persona que te ha alquilado el espacio la compartiremos con la Agencia Tributaria.


Situaciones especiales aplicables a no usuarios de Airbnb

No tengo cuenta en Airbnb, pero la propiedad asociada al anuncio que aparece en la plataforma en España es mía. ¿Se compartirán mis datos personales a la Agencia Tributaria de España?

Si Airbnb ha identificado que la propiedad anunciada es tuya, tus datos van a ser compartidos con la Agencia Tributaria.

FUENTE AirBnb

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